2.- Ser evaluados (social, legal, psicológico y moral), por la Secretaría Nacional de adopciones en caso de ser peruanos o por la Agencia de Adopción correspondiente a l país de donde proviene la pareja extranjera y a su vez este país tenga convenio vigente con Perú.
3.- Una vez que ha sido designado para un determinado niñ@ o adolescent@, deberá formalizar su aceptación durante los 7 días útiles siguientes de la designación.
4.- Acudir al hogar tutelar para la presentación del niño/a o adolescente designado en presencia del personal especializado de la Secretaría Nacional de Adopciones y del personal del hogar .
5.- Externar al niño/a o adolescente si el proceso de empatía es positivo.
6.- Asumir la colocación familiar por un periodo de 7 días, en los cuales se reafirma la empatía y se evalúa la adaptación.
7.- Obtención de la resolución de adopción, la cual es expedida por la Secretaría Nacional de Adopciones.
8.- La Secretaría Nacional de Adopciones realiza el seguimiento post –adoptivo por 3 años en adopciones nacionales y si la adopción es extranjera la respectiva Agencia de Adopciones del país de donde proviene la pareja realiza el seguimiento en un lapso de tiempo de 4 años, tiempo en el cual debe de enviar mensualmente los avances a la Secretaría Nacional de Adopciones .
La Adopción internacional se rige por convenios suscritos de país a país o con las entidades acreditadas. En la actualidad el Perú tiene convenios con: Alemania, Italia, España, Canadá, Dinamarca, Luxemburgo, Francia, Noruega, Bélgica, Holanda, Suecia, y los Estados Unidos de Norteamerica. |